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¿Es necesario cambiar el intercambiador de calor de un calentador de gas líquido Truma después de un cierto período de tiempo?

Las calefacciones fabricadas entre 1993 y 2006 se vieron afectadas por una normativa alemana que obligaba a sustituir el intercambiador de calor y el tubo de escape al cabo de diez años. Para las calefacciones Truma fabricadas y puestas en funcionamiento durante este periodo, la obligación de sustitución se amplió a 30 años. Para los aparatos fabricados a partir de 2005 que llevan la marca E1 en la placa de características, la directiva europea sobre aparatos de calefacción ya no estipula la obligación de sustitución.

Puede encontrar más información sobre la obligación de sustitución en el blog del servicio postventa de Truma: https://serviceblog.truma.com/de/2012/09/03/waermetauscher/.